domingo, 11 de abril de 2010

CONSEJOS COMUNALES Y ELEMENTOS BÁSICOS QUE LO CONFORMAN:

CONSEJO COMUNAL:

El Municipio Sostenible, es un municipio articulado por redes sociales, que tienen como centro de planificación y ejecución de proyectos a los Consejos Comunales (Figura 1), quienes estarán en capacidad de implementar planes, programas y proyectos que impulsen el desarrollo armónico del territorio comunal, incorporando a todos los actores locales, aprovechando sus potencialidades: económicas, políticas, sociales y ambientales; garantizando una mejor calidad de vida en las comunidades.


Consejos Comunales, según Ley de los Consejos Comunales, Art. 2. “En el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social”.


PRINCIPIOS, según Ley de los Consejos Comunales.

Art. 3. “La organización, funcionamiento y acción de los consejos comunales se rige conforme a los principios de corresponsabilidad, cooperación, solidaridad, transparencia, rendición de cuentas, honestidad, eficacia, eficiencia, responsabilidad social, control social, equidad, justicia e igualdad social y de género”.


CONSTITUCIÓN DE LOS CONSEJOS COMUNALES:

A. Voceros o Voceras de las diferentes actividades sectoriales. (salud, educación, deportes, vivienda entre otros).

B. Voceros o Voceras de las micro unidades vecinales.

C. Voceros o Voceras que tendrían tareas de coordinación ejecutiva y administrativa (coordinador o coordinadora principal, una persona responsable de las tareas administrativas y un secretario o secretaria).

Estos cargos pueden ser rotativos, si así lo estima la comunidad. Para realizar estas diferentes tareas, los voceros y voceras, deberán conformar comisiones de trabajo de acuerdo al área de trabajo que se va a ejecutar.


FUNCIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS CONSEJOS COMUNALES:

· Integrar a las comunidades en la formulación de propuestas y proyectos.

· Mantener informado a las comunidades sobre el control, seguimiento y evaluación de los proyectos comunitarios.

· Reunirse periódicamente para discutir y analizar aspectos de la realidad política, económica, social, cultural, territorial e internacional en torno al ámbito comunitario.

· Presentar propuestas para la elaboración del Plan Comunal de Desarrollo.

· Proponer integrantes para las comisiones de trabajo que ejecutarán dicho Plan.

· Convocar a las asambleas de ciudadanos(as) en las comunidades.

· Entregar a los Consejos Parroquiales la jerarquización de la

problemática para la inversión social anual en la comunidad.

· Ejercer la Contraloría Social y evaluación de los proyectos sociales y obras de infraestructura ejecutadas.


Es importante señalar que los miembros de los Consejos Comunales y Parroquiales en el ejercicio de las funciones tendrán carácter adhonorem.


El Consejo Comunal y Parroquial estarán determinado por las ordenanzas y reglamentos según lo sancione cada municipio, en lo que se refiere a la conformación vecinal o sectorial, número de integrantes, organización interna (comisiones o equipos de trabajo), metodologías, responsabilidades de tares y funciones entre otros lineamientos que conlleven al cumplimiento del objetivo del Consejo Comunal.

El Consejo Comunal se conformarán a través de Asambleas de Ciudadanos y Ciudadanas, en cada una de las comunidades según el ámbito geográfico (urbana o rural) y estas puede comprender: sectores, manzanas, veredas, condominios, calles, callejón etc.

El autor Francisco Cañizales señala en su obra "Consejos Comunales y Parroquiales" que para desarrollar el Plan Comunal, sugiere como propuesta crear ocho comisiones de trabajo, que abordarán las diversas dimensiones de la vida económica, territorial. cultural, social y política a nivel de la comunidad como son:


COMISIONES DE TRABAJOS.


· Economía Popular: esta Comisión tiene la misión de resaltar las potencialidades de la comunidad, diversificar la producción según las especificidades de la región en cuanto a la economía social (cooperativas, microempresas, cajas de ahorro, empresas comunitarias). Elaborar censo de personas desempleadas y así mismo impulsar la creación de fuentes de trabajo estables. Esta Comisión debe estar integrada a Programas como Misión Vuelvan Caras, Siembra Vida (cultivos organopónicos e hidropónicos), creación de Cooperativas y Microempresas, Misión Zamora entre otras y con las Comisiones de Salud, Desarrollo Social y Alimentación, Vivienda y Hábitat y Educación.


· Presupuesto y Contraloría Social: esta comisión tiene la misión de dar viabilidad a los proyectos comunales y organizar el sistema de micro­finanzas, apoyándose en los organismos como: FIDES, LAE, FONVIS, FUS, BANCO DEL PUEBLO, BANDES, BANCO DE LA MUJER, FONDAFA, FONDO DE MICRO-FINANZAS, FONDEMI, ETC.


· Educación: Tiene el objetivo de dar respuesta a las necesidades de capacitación integral de las comunidades en los diferentes niveles, etapas y modalidades, lo que implica clasificar la población por grupos etéreos con el propósito de determinar cuantas sesiones deben funcionar en la localidad a nivel de los diferentes niveles y modalidades del sistema educativo.


En síntesis se puede decir que los objetivos de esta comisión es que incluya en el sistema educativo a niños niñas, adolescentes y personas adultas de la comunidad, igualmente asumiendo la promoción del Plan Simoncito (hogares de cuidado diario, multihogares y preescolares entre otros), Escuelas Bolivarianas, Escuelas Técnicas, Transformación Universitaria, Misión Robinsón, Ribas y sucre. Es necesario que esta comisión se articule con las Comisiones de Salud, Desarrollo Social y Alimentación, Vivienda Hábitat y Economía Popular.


· Cultura, Deporte y Recreación: Tiene la misión de asegurar la participación de la mayoría a la cultura, recreación y deporte. Deben fomentar iniciativas como la Misión Cultura, Plazas Culturales, así como la transferencia de las actividades culturales en las escuelas, institutos, universidades entre otros.


· Comunicación: Debe promover los aspectos comunicacionales: Información veraz y oportuna, comité de usuarios(as) de radio y televisión, centros comunales, propiciar medios alternativos comunitarios (radio, prensa, revistas, audio visuales entre otros como base fundamental del poder popular.


· Salud, Desarrollo Social y Alimentación: Su misión es dar respuesta para garantizar la salud y calidad de vida para toda la población, atención especial para los que estén en situación de pobreza extrema, asegurar el abastecimiento de alimentos y establecer seguridad social a nivel de la comunidad. Tiene como actividades: realizar el diagnóstico permanente de enfermedades mas frecuentes, pobreza, violación de los derechos de los niños(as) y adolescentes y a la mujer entre otros, igualmente deben apoyar las distintas misiones que adelanta el gobierno nacional.


· Vivienda y Hábitat: Garantizar vivienda y hábitat integral apropiado, equipamientos sociales, mejorar la calidad de los servicios públicos y las condiciones ambientales de las comunidades, debe proveer a los Comité de Tierras Urbanas y Asociaciones Civiles para la habilitación física de barrios.


· Justicia de Paz, Seguridad y Defensa: Promover y garantizar los siguientes aspectos; justicia de paz, seguridad ciudadana, protección civil ante de desastres naturales, así como identificar conflictos vecinales, delincuencia, tráfico y consumo de drogas, accidentes naturales. Propiciar igualmente la participación protagónica, promover organizaciones de base, fomentar la organización de redes sociales y la corresponsabilidad ciudadana. En cada una de estas comisiones participaran voceros(as), provenientes de los diversos sectores territoriales en que se dividen las comunidades; distribuyéndose en las mismas según sus capacidades, experiencias, intereses y aptitudes, así mismo se deben incorporar a integrantes de las distintas organizaciones comunales existentes en la localidad: cooperativas, microempresas, comité de tierra urbana y rural, comunidad educativa, comité de usuarios entre otros., cada comisión tendrá un coordinador(a) que junto a un Coordinador General, conformaran la Coordinación del Consejo Comunal de Planificación.


Esta coordinación tiene la responsabilidad de articular los programas y proyectos de las diferentes comisiones de trabajo, bajo una perspectiva común de desarrollo comunal integral, humano sustentable y participativo, en el marco de los lineamientos nacionales, regionales y locales. Así mismo, se encargará del contacto con otros Consejos Comunales y autoridades locales.


ACCIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS CONSEJOS COMUNALES.



· Conformarse en comisiones de trabajo según la realidad sociopolítica de la comunidad.

· Realizar actividades proactivas (investigaciones, diagnósticos, estudios, jornadas, operativos, intercambios de experiencias, asambleas entre otros)

· Promocionar y difundir las actividades de los Consejos Comunales a

través de los diferentes medios alternativos de comunicación.

· Integrar permanentemente a la comunidad a la formulación y control de

los propuestas y proyectos comunitarios.

· Implantar metodologías de Planificación estratégica, Planificación participativa y formulación de proyectos como herramientas básicas para la jerarquización de los problemas existente en la comunidad, que se impartirá a través de los diferentes talleres contemplados en el marco del Acompañamiento Social de Funda común.

· Trabajar coordinadamente con las diferentes instituciones públicas y privadas con la finalidad de consolidar los Consejos Comunales.


LA ASAMBLEA LOCAL DE VOCEROS, es la primera instancia del Consejo Comunal y la conforman todos los Voceros vecinales (Uno de cada familia) de toda la comunidad.


EL ÓRGANO EJECUTIVO DE LA ASAMBLEA, es la segunda instancia del Consejo Comunal y la conforman el grupo de Voceros Titulares y Suplentes elegidos por la Asamblea Local de Voceros.


En consecuencia, todas las decisiones y acuerdos que adopte el Órgano Ejecutivo de la Asamblea, deberá ser por mayoría de sus miembros.

Se recomienda siempre tomar algunas fotografías de la reunión para publicarlas en la Cartelera o en el Boletín del Consejo; asimismo, es bueno grabar la totalidad del evento, para evitar excusas posteriores u omisiones en el Acta.


COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO O UNIDAD DE GESTIÓN FINANCIERA: Es la entidad que debe manejar todo el dinero que ingrese al Consejo Comunal, así como llevar un control minucioso de los gastos que realiza. Es la tercera instancia del Consejo Comunal.

También administra los ingresos de cualquier índole que ingresen al Consejo Comunal, incluyendo propiedades, terrenos, cesiones, donaciones, etc.

¿Qué otras funciones realiza la Cooperativa de Ahorro y Crédito?

La Cooperativa debe realizar las siguientes actividades:

- Abrir una Cuenta Corriente en un Banco cercano a la comunidad.

- Abrir una Cuenta de Ahorros en el mismo Banco .

- Diseñar un Programa de otorgamiento de créditos a los miembros de la comunidad.

- Realizar la intermediación financiera correspondiente.

- Prestar asistencia social.

- Llevar la contabilidad de todos los proyectos individualmente.

- Llevar la contabilidad individual de la Cooperativa.

- Depositar con exactitud los gravámenes de Ley: ahorro habitacional, INCE, Seguro Social, SENIAT, etc.

- Actuar dentro de la comunidad como un minibanco, promoviendo el ahorro y las inversiones a corto plazo.

- Administrar los todos los recursos que ingresen al Consejo Comunal y los del Fondo Nacional de los Consejos Comunales.

- Se encargará de tramitar, apoyando al Órgano Ejecutivo del Consejo Comunal, los documentos para la obtención de recursos ante el FIDES, LAEE, Minpades, Fondafa, Inapesca, Banco Agrario, Banco Industrial, etc.


¿Quiénes conforman la Cooperativa de Ahorro y Crédito? La Cooperativa de Ahorro y Crédito debe formarse con cinco miembros de la comunidad, que tengan conocimiento de contabilidad, finanzas y administración. Si no lo hubieren, el Órgano Ejecutivo de la Asamblea puede contratar los servicios de una Cooperativa de Ahorro y Préstamo o Cooperativa Financiera, para que realice ese trabajo, previa selección por calificación profesional.


¿Cómo funciona la Cooperativa de Ahorro y Crédito? Esta Cooperativa administra, controla y evalúa los proyectos que desarrolla el Consejo Comunal, a través de un sistema contable universal.

También lleva la Contabilidad General del Consejo Comunal y de la propia Cooperativa. En consecuencia, debe tener una oficina con el equipo indispensable para ese trabajo. Detallamos lo que consideramos de utilidad inicial: Una computadora con Software contable y administrativo, con inventario, nómina y balances. Dos escritorios, Una caja fuerte portátil, Libros sociales y libros contables debidamente legalizados, Material de oficina.


¿QUÉ ES UN ÓRGANO DE CONTROL? Es la cuarta instancia del Consejo Comunal, que le otorga al ciudadano la facultad de controlar la actividad de la gestión pública y los quehaceres de la comunidad.


El Artº 259 de la LOPPM señala que "los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a organizarse en contralorías sociales con el objeto del control del gobierno local".


¿QUÉ ES EL CONTROL SOCIAL?. Es un mecanismo a través del cual todo ciudadano, individual o colectivamente participa en la vigilancia y control de la gestión pública municipal, en la ejecución de programas, planes y proyectos, en la prestación de los servicios públicos municipales, así como en la conducta de los funcionarios públicos, para prevenir, racionalizar y promover correctivos. Dentro del Consejo Comunal la tarea es ardua y permanente, porque es el ente encargado de verificar que los proyectos se realicen tal cual se describen en la sistematización, metodología y mecanización de los mismos.


¿Cuáles son las funciones del órgano de control del Consejo Comunal?

Las funciones de esta instancia son extensas y permanentes, aunque las principales son:

  1. Controlar que todas las actividades administrativas del Consejo Comunal sean legales y transparentes.
  2. Coordinar y aplicar la contraloría social en todos los ámbitos de la comunidad.
  3. Ejercer el control y vigilancia de la ejecución del Plan Único de Trabajo o Plan de Desarrollo Integral de la comunidad.
  4. Ejercer el control y vigilancia del proceso de consulta, planificación, desarrollo, ejecución y acompañamiento de todos los proyectos comunitarios.


¿QUÉ ES UN COMITÉ DE TRABAJO?. Es un grupo de personas que conoce el trabajo a realizarse durante la ejecución de un proyecto. Por ejemplo: si hablamos de un proyecto industrial apícola, el Comité debe estar integrado por personas que saben de apicultura, cultivo integral, horticultura, viveros, plantas procesadoras, embotellado, etc.


¿Quiénes integran el Comité de Trabajo? El Comité de Trabajo está formado por los miembros del Consejo Comunal que participan directa o indirectamente en un determinado proyecto. Sin embargo, pueden sumarse voluntariamente al Comité, aquellos miembros del Consejo que, sin participar en el proyecto, conocen la materia de ese proyecto, por lo que su colaboración es valiosa. Tal es el caso de profesores y profesionales jubilados, técnicos, expertos, etc.


¿Cuántos miembros integran un Comité de Trabajo? El número de integrantes del Comité depende de la magnitud del proyecto. Por ejemplo, para el caso de una planta camaronera, el Comité deberá tener miembros conocedores de albañilería, pesca, movimiento de tierras, administración, relatoría, coordinación, procesamiento de alimentos, electricidad, mecánica, biología marina, tecnología alimentaría, trascripción, diseño gráfico, etc.

Como sugerencia, se detallan algunas especialidades:

Comité de Salud

Comité de Tierras

Comité de Protección Social

Comité de Economía Popular

Comité de Cultura

Comité de Seguridad Integral

Comité de Industrias Ligeras

Comité de Desarrollo Turístico

Comité de Desarrollo Agrícola

Comité de Alimentación

Comité de Deportes

Comité de Energía

Comité de Pesca y acuicultura

Comité de Saneamiento Ambiental, etc.


¿QUÉ ES LA SALA TÉCNICA? . (art. 19 Ley C.C.)

El Consejo Local de Planificación Pública tendrá una Sala Técnica, dependiente de la Alcaldía, que cumplirá con las siguientes funciones:

· Proveer la información integral automatizada, en la medida de lo posible, con el propósito de asegurar la información sectorial

· codificada necesaria para ¡a planificación, el control de gestión y la participación de la comunidad organizada.

· Crear y poner en funcionamiento la Unidad de Planes y Proyectos, integrada por profesionales especializados en la materia de planificación.

· Garantizar la información sobre el registro y control de las asociaciones de las comunidades organizadas participantes ante el Consejo Local de Planificación Pública.

Todos los habitantes del municipio tendrán derecho a acceder a la información de la Sala Técnica de conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

El Consejo Local de Planificación Pública promoverá la red de Consejos Parroquiales y Comunales en cada uno de los espacios de la sociedad civil que, en general, respondan a la naturaleza propia del municipio, cuya función será convertirse en el centro principal de la Participación y Protagonismo del pueblo en ¡a Formulación, Ejecución, Control y Evaluación de la Políticas Públicas... así como viabilizar ideas y propuestas para que la comunidad organizada las presente ante el Consejo Local de Planificación Pública.

Cabe destacar que el Viceministerio de Planificación y Desarrollo Regional... señala.... Que los Consejos Comunales son la "unidad primera y última del sistema de planificación nacional participativa de ella se deriva la construcción de cada uno de los niveles que soportan el sistema, ajustados al marco constitucional vigente dando fuerzas a los principios de eco desarrollo y equidad social. Es la instancia nuclear del sistema democrático"...

En este sentido el Consejo Comunal sería como la base primaria de la organización y participación en el marco de la planificación, que sistematizará la jerarquización y formulación de propuestas de la problemática social, representando a un nivel mas directo a cada una de las comunidades que la conforman, con la posibilidad de que estas tengan acceso a la ultima instancia en la cadena del sistema de planificación a través de las Juntas Parroquiales y los representantes de las organizaciones vecinales y otras de la sociedad organizada como lo señala expresamente el articulo 182 del Consejo de Planificación Pública CRBV, donde se viabilicen estos proyectos y propuestas ante el CLPP, y en consecuencias quede plasmada la representación y participación mayoritaria de las comunidades.

Los Consejos Comunales de Planificación Pública tendrán como misión principal la elaboración del Plan Comunal de Desarrollo ( diagnóstico, objetivos, estrategias, plan operativo, programas, proyectos, presupuesto, comisiones de trabajo, etc.); tomando en cuenta las especificidades, necesidades e intereses de la comunidad,

En este sentido podemos decir que los Consejos Comunales son instancias de participación comunitaria que representarán a la población en el diseño, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas, y su papel fundamental será viabilizar las propuestas y proyectos comunitarios ante el Consejo local de Planificación Pública.


RECURSOS FINANCIEROS:


Los recursos financieros son vitales para la continua operación de una Organización. Cuando ésta es sana financieramente, está en posibilidades de ofrecer sus programas y servicios de acuerdo a lo planeado.

La Organización debe tener y demostrar la estabilidad económica y financiera que garantice la operación de sus programas o proyectos en el corto y mediano plazos.

La operación y desarrollo de la organización dependen en gran medida de la correcta asignación de los recursos financieros, lo cual sólo puede hacerse a través de un presupuesto, mismo que deriva del proceso de planeación. De esta manera, toda designación de recursos es deliberada, por lo que existen argumentos sólidos para demostrar por qué se hizo así. Sin un presupuesto, se corre el peligro de asignar recursos a actividades no prioritarias, o de no asignarlos a actividades de alta relevancia en el cumplimiento de la misión Organizacional. Por ello, la organización debe contar con un presupuesto organizacional, resultado de la planeación financiera, que a su vez derive de la planeación organizacional.

La institución debe contar con criterios para que los recursos financieros se suministren en la cantidad y tiempo requeridos, de tal forma que se cumplan las metas organizacionales y que los programas, proyectos y servicios se desarrollen con calidad.

El manejo de los recursos financieros requiere de personal calificado en los procesos y actividades financieras y contables. Se debe contar con un área organizacional para la administración de los recursos financieros, respaldada con suficiente personal calificado y que sea apropiada a las características de la organización.

Dicha área debe ser responsable de vigilar el cumplimiento de las políticas de financiamiento, control presupuestal, inversiones y administración de riesgos y seguros.

La información que proviene de los estados financieros permite reflejar la situación financiera de la organización y, por otro lado, permite tomar decisiones de primer orden sobre la operación y desarrollo de la misma. Por ello, la organización debe demostrar que cuenta con auditorias contables anuales realizadas por instancias externas.

Si la naturaleza y los planes de la organización lo permiten, ésta podrá buscar recursos complementarios para su desarrollo, a través de diversos mecanismos como campañas publicitarias. En caso de que la organización tenga una captación sistemática de recursos económicos complementarios, ésta debe contar con políticas claras para la obtención y distribución de estos recursos, así como con una organización apropiada que disponga del personal suficiente y calificado.


EFECTIVIDAD:

No existe una formula definida para que una empresa logre la efectividad. El concepto efectividad se refiere al logro de objetivos: la relación entre el resultado y la expectativa (H, Urrutia).

Por lo tanto para el logro de la efectividad, cada empresa debe buscar el equilibrio entre el logro de sus objetivos, su funcionamiento, la obtención de sus recursos y la satisfacción personal de sus constituyentes, siendo estos los cuatro criterios genéricos de la efectividad organizacional (A. Kinicki 2003).


Por otra parte según el diccionario de Administración y Finanzas océano/Centrum, la Efectividad es la organización óptima entre cinco elementos: producción, eficiencia, satisfacción adaptabilidad y desarrollo.

BÚSQUEDA DE LA EFECTIVIDAD ORGANIZACIONAL

Con el fin de mejorar su efectividad, las empresas están modificando sus estructuras organizativas y sistemas de trabajo para dotar de mayor autonomía a sus trabajadores en la toma de decisiones y resolución de problemas que les afectan (Lawyer, Mohnram y Ledford, 1995). Una de las formas de llevar esto a cabo es la implantación de formas de trabajo colaborativo.

Ninguno de los criterios de efectividad anteriormente mencionados, por sí solo logra la efectividad en una empresa, “En las organizaciones bien administradas, se mezclan y adaptan los criterios de efectividad a los requisitos específicos de la situación” (A. Kinicki, Mayo 2003)

Para el logro de esto es necesario un cambio en el comportamiento organizacional, para lo cual es necesario tomar en cuenta tres puntos medulares de cada organización:

1.- La naturaleza de la persona

2.- La naturaleza de los grupos internos

2.- La naturaleza de las organizaciones

La naturaleza de la persona nos habla de las diferencias individuales de una conducta motivada y el cuidado de la dignidad humana.

La naturaleza de los grupos, es la forma en que las personas interactúan entre si en cada organización y la forma en que comparten normas y objetivos.

La naturaleza de las organizaciones, es la forma mediante la cual en una empresa se administra a las personas durante su trabajo.


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